24 de Noviembre de 1964
Ley 16.601 - Plan de Erradicación de Villas de Emergencia
Ordena un plan de Construcción de Viviendas para Erradicación de Villas de Emergencia, de Orden Nacional, fijando normas para las viviendas (definiendo su carácter) y los tipos de préstamos a otorgar. Finalmente se da un paso organizativo de gran trascendencia posterior par la acción del Estado en la materia creando por Ley 16.765 el 26 de abril de 1965 la Secretaría de Estado de Vivienda, en el Ministerio de Economía. Con la función de la Planificación del tema a escala Nacional, Urbana y Rural, estudiar planes para la demanda crítica, coordinando los entes de escala nacional, provincial, municipal a los efectos de las tareas de Vivienda y Planeamiento Urbano. Se refiere al estudio de normas de construcción y habitabilidad para las diversas áreas del país, cubriendo en su programación los problemas de infraestructura y equipamiento. Establece la necesidad de evaluar la realidad socioeconómica del territorio nacional en relación al problema habitacional, canalizar el ahorro popular controlado en tal sentido, fomentando la acción de cooperativas y organizaciones sindicales. Comisión honoraria para control y aprobación de los planes. La organización de esta Secretaría es aprobada por el decreto 3.992 el 31 de mayo de 1966.

24 de Noviembre de 1964

Ley 16.601 - Plan de Erradicación de Villas de Emergencia

Ordena un plan de Construcción de Viviendas para Erradicación de Villas de Emergencia, de Orden Nacional, fijando normas para las viviendas (definiendo su carácter) y los tipos de préstamos a otorgar. Finalmente se da un paso organizativo de gran trascendencia posterior par la acción del Estado en la materia creando por Ley 16.765 el 26 de abril de 1965 la Secretaría de Estado de Vivienda, en el Ministerio de Economía. Con la función de la Planificación del tema a escala Nacional, Urbana y Rural, estudiar planes para la demanda crítica, coordinando los entes de escala nacional, provincial, municipal a los efectos de las tareas de Vivienda y Planeamiento Urbano. Se refiere al estudio de normas de construcción y habitabilidad para las diversas áreas del país, cubriendo en su programación los problemas de infraestructura y equipamiento. Establece la necesidad de evaluar la realidad socioeconómica del territorio nacional en relación al problema habitacional, canalizar el ahorro popular controlado en tal sentido, fomentando la acción de cooperativas y organizaciones sindicales. Comisión honoraria para control y aprobación de los planes. La organización de esta Secretaría es aprobada por el decreto 3.992 el 31 de mayo de 1966.

 

 

 

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